SOLAR URBANO - Pobla de Mafumet (La) - Tarragona - En venta
REF: SRB0000293657
Precio de venta
122 000 €
Conversor de divisa
SOLAR URBANO
Se ofrece solar urbano de 747 m² ubicado en la Calle Codony nº 13, Parcela G2, Sector 1-PP, en La Pobla de Mafumet, una excelente oportunidad de inversión en una zona con proyección y desarrollo urbanístico consolidado.La parcela está clasificada como suelo urbano según Catastro y actualmente se encuentra sin edificación, ofreciendo múltiples posibilidades para desarrollar un proyecto residencial. Por sus características, resulta ideal para la construcción de una vivienda unifamiliar, así como para otros usos compatibles con la normativa urbanística vigente.
Ubicado en un entorno residencial en expansión, el terreno disfruta de una situación estratégica con buenas comunicaciones y proximidad a todos los servicios necesarios, lo que lo convierte en una opción atractiva tanto para particulares como para promotores e inversores.
Una excelente ocasión para materializar un proyecto en una localidad con gran potencial de crecimiento y excelente conexión con el entorno metropolitano de Tarragona.
Nota: Se recomienda a los interesados consultar directamente con el Ayuntamiento de La Pobla de Mafumet para conocer con detalle las condiciones urbanísticas y edificatorias aplicables a la parcela.
Estamos a su entera disposición para cualquier consulta o información adicional que precise.
También podemos orientarle e informarle de las diferentes opciones de financiación que existen en el mercado.
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En cumplimiento de la Ley 3/2017 del 13 de febrero de 2018 del Código Civil de Catalunya, por el que se aprueba el Reglamento de Información al Consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas, se informa al cliente que los gastos notariales, registrales e impuestos que le sean de aplicación (ITP o IVA + AJD) y otros gastos inherentes a la compraventa no están incluidos en el precio.
En Catalunya, la transmisión de las viviendas adquiridas en un proceso de ejecución hipotecaria o mediante compensación o pago de deuda con garantía hipotecaria y hayan sido adquiridas después de la entrada en vigor de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, está sujeta al derecho de Tanteo y Retracto de la Administración de la Generalitat. Este derecho supone que la Generalitat tiene preferencia en la adquisición de dichas viviendas, por delante de cualquier interesado, y se traduce en la obligación de notificar a la Agència de l’Habitatge de Catalunya la venta del inmueble, teniendo 60 días para contestar o entendiéndose como negativo si no contesta en dicho plazo. Esto significa sumar dos meses al plazo habitual para escriturar una vivienda.
Esta ficha comercial solo tiene valor informativo y para fines estrictamente comerciales y se prohíbe su uso para otra finalidad. No tiene carácter de oferta ni valor precontractual, contractual o de garantía, y no implica recomendación de compra (por lo que el destinatario debe realizar su propio análisis y contraste por sus propios medios). Garrell o el propietario del inmueble se reservan el derecho de incluir modificaciones sobre la información publicada.
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